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Agentes de tránsito no pueden retener vehículos de conductores de apps, según expertos

Desde 2017, en Ecuador empezaron a funcionar aplicaciones de movilidad o de transporte de pasajeros como Uber o InDrive. Por entonces, dedicarse a esa actividad implicaba el riesgo de una multa de dos salarios básicos, la retención del vehículo por al menos siete días y 10 puntos menos en la licencia de conducir.

Así lo determinaba el artículo 386 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) para aquellos conductores que transportaban pasajeros sin tener un título habilitante, como el que sí tienen los taxis amarillos.

Sin embargo, todo eso cambió desde finales de agosto 2024, cuando la Corte Constitucional, el máximo organismo de interpretación constitucional del Ecuador, declaró inconstitucional el apartado mencionado, señalando que no se puede sancionar a conductores de, por ejemplo, Uber, InDrive o Didi, porque las autoridades no han creado una ley para regularlos.

De ahí que exhortó a la Asamblea Nacional para normar el asunto, pero hasta la fecha eso no ha sucedido. El análisis de la Corte Constitucional sostiene que dichas plataformas son modelos de negocios emergentes, y al aplicar sanciones se estaría limitando el derecho al trabajo solo porque las autoridades no han regulado el tema.

Denuncias de sanciones siguen

Han pasado dos años desde la sentencia de la Corte Constitucional, pero las denuncias de agentes de tránsito que retienen los vehículos de conductores de apps de movilidad continúan hasta la fecha.

Pablo Garcés, presidente de la Asociación de Conductores de Apps del Ecuador (Asoconappe), dijo que tiene reportes principalmente en Ambato, Riobamba, Cuenca, Portoviejo, Santo Domingo e Ibarra.

De hecho, en el caso de Cuenca, incluso el alcalde suspendido, Cristian Zamora, y el ahora exgerente de Emov, Lenin Guzmán, defendían las sanciones a conductores de apps. Uno de los casos más recientes ocurrió en julio de 2026, cuando el vehículo de una mujer fue detenido por brindar el servicio de Uber.

“Me dijeron que me baje, que necesitaban, con la excusa, revisar atrás el extintor. Me hicieron que me baje, y luego fueron a entrevistar a los usuarios, que eso se supone está en contra… Simplemente me dijeron que me van a multar… No me querían dejar subir a mi vehículo”, dijo la mujer a La Voz de Tomebamba.

Alejandro Pérez, presidente de la Asociación de Conductores de Aplicaciones de Tungurahua, expuso que entre enero y julio de este año unos 500 conductores de apps fueron sancionados.

Por su parte, Garcés enfatiza que lo único que piden es que la Asamblea los regularice para trabajar sin problemas.

¿Cómo debe actuar el conductor de app?

Carlos Quinchuela, abogado experto en tránsito, es tajante en señalar que la detención de los vehículos por brindar servicios mediante Uber o Indrive son ilegales, porque se estaría transgrediendo lo determinado por la Corte Constitucional.

Pero entonces, ¿cómo debería actuar el conductor o qué puede hacer ante un agente de tránsito? El jurista da estas recomendaciones:

  • Grabar el procedimiento del agente y pedir que explique por qué se detuvo el vehículo
  • Mostrar la credencial física o virtual que lo acredita como conductor de plataforma y decirle al agente que la Corte Constitucional no permite la retención del vehículo.

Ahora bien, aun así el auto puede ir al patio de retención y necesitará de un abogado. Carlos Quinchuela resalta que los pasos anteriores servirán para impugnar la multa y para ello el fallo de la Corte Constitucional será elemental, al punto que el juez solo debería ordenar la liberación del vehículo, asegura.

Agrega que incluso habrá evidencia del mal procedimiento del agente, lo cual puede acarrear que sea el funcionario quien termine pagando los costos del proceso.

“Aquí en Quito puedo decirle que ya existe uno que otro juez, que cuando ratifica el estado de inocencia de los conductores y verifica un mal procedimiento, todos los costos que engloba el tema como patio de retención, abogado, o todos los gastos que haya generado la detención ilegal, se le cobrará a los agentes”.

El abogado recuerda que este blindaje de la Corte Constitucional aplica para conductores de aplicación. Aquellos que realicen transporte de pasajeros por fuera de ellas sí pueden ser sancionados, como los taxi rutas que operan de Calderón a Iñaquito, por ejemplo.

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